
LA EMPRESA Y SUS CARACTERISTICAS
ASISTENCIA ADMINISTRATIVA
BLANCA INES GUEVARA GUERRERO
PAULA MALELEY ARDILA ROMERO
JAVIER DUARTE LOPEZ
JAIME SANCHEZ PINEDA
¿QUE ES UNA EMPRESA?
ASISTENCIA ADMINISTRATIVA
BLANCA INES GUEVARA GUERRERO
PAULA MALELEY ARDILA ROMERO
JAVIER DUARTE LOPEZ
JAIME SANCHEZ PINEDA
¿QUE ES UNA EMPRESA?
La empresa es una organización social que realiza un conjunto de actividades y utiliza una gran variedad de recursos (financieros, materiales, tecnológicos y humanos) para lograr determinados objetivos, como la satisfacción de una necesidad o deseo de su mercado meta con la finalidad de lucrar o no; y que es construida a partir de conversaciones específicas basadas en compromisos mutuos entre las personas que la conforman.
Se la puede considerar como "un sistema dentro del cual una persona o grupo de personas desarrollan un conjunto de actividades encaminadas a la producción y/o distribución de bienes y/o servicios, enmarcados en un objeto social determinado"
Teniendo en cuenta la importancia de este tema, a continuación veremos de forma resumida cuáles son los diferentes tipos de empresa según una clasificación que incluye diversos criterios. Además, revisaremos cuáles son los tipos de empresa existentes en las economías de mercado.
1. Tipos de Empresa Clasificados Según Diversos Criterios:
Los criterios más habituales para establecer una tipología de las empresas, son los siguientes:
• Según el Sector de Actividad:
o Empresas del Sector Primario: También denominado extractivo, ya que el elemento básico de la actividad se obtiene directamente de la naturaleza: agricultura, ganadería, caza, pesca, extracción de áridos, agua, minerales, petróleo, energía eólica, etc.
o Empresas del Sector Secundario o Industrial: Se refiere a aquellas que realizan algún proceso de transformación de la materia prima. Abarca actividades tan diversas como la construcción, la óptica, la maderera, la textil, etc.
o Empresas del Sector Terciario o de Servicios: Incluye a las empresas cuyo principal elemento es la capacidad humana para realizar trabajos físicos o intelectuales. Comprende también una gran variedad de empresas, como las de transporte, bancos, comercio, seguros, hotelería, asesorías, educación, restaurantes, etc.
• Según el Tamaño: Existen diferentes criterios que se utilizan para determinar el tamaño de las empresas, como el número de empleados, el tipo de industria, el sector de actividad, el valor anual de ventas, etc. Sin embargo, e indistintamente el criterio que se utilice, las empresas se clasifican según su tamaño en:
o Grandes Empresas: Se caracterizan por manejar capitales y financiamientos grandes, por lo general tienen instalaciones propias, sus ventas son de varios millones de dólares, tienen miles de empleados de confianza y sindicalizados, cuentan con un sistema de administración y operación muy avanzado y pueden obtener líneas de crédito y préstamos importantes con instituciones financieras nacionales e internacionales.
o Medianas Empresas: En este tipo de empresas intervienen varios cientos de personas y en algunos casos hasta miles, generalmente tienen sindicato, hay áreas bien definidas con responsabilidades y funciones, tienen sistemas y procedimientos automatizados.
o Pequeñas Empresas: En términos generales, las pequeñas empresas son entidades independientes, creadas para ser rentables, que no predominan en la industria a la que pertenecen, cuya venta anual en valores no excede un determinado tope y el número de personas que las conforman no excede un determinado límite.
o Microempresas: Por lo general, la empresa y la propiedad son de propiedad individual, los sistemas de fabricación son prácticamente artesanales, la maquinaria y el equipo son elementales y reducidos, los asuntos relacionados con la administración, producción, ventas y finanzas son elementales y reducidos y el director o propietario puede atenderlos personalmente.
• Según la Propiedad del Capital: Se refiere a si el capital está en poder de los particulares, de organismos públicos o de ambos. En sentido se clasifican en:
o Empresa Privada: La propiedad del capital está en manos privadas.
o Empresa Pública: Es el tipo de empresa en la que el capital le pertenece al Estado, que puede ser Nacional, Provincial o Municipal.
o Empresa Mixta: Es el tipo de empresa en la que la propiedad del capital es compartida entre el Estado y los particulares .
• Según el Ámbito de Actividad: Esta clasificación resulta importante cuando se quiere analizar las posibles relaciones e interacciones entre la empresa y su entorno político, económico o social. En este sentido las empresas se clasifican en:
o Empresas Locales: Aquellas que operan en un pueblo, ciudad o municipio.
o Empresas Provinciales: Aquellas que operan en el ámbito geográfico de una provincia o estado de un país.
o Empresas Regionales: Son aquellas cuyas ventas involucran a varias provincias o regiones.
o Empresas Nacionales: Cuando sus ventas se realizan en prácticamente todo el territorio de un país o nación.
o Empresas Multinacionales: Cuando sus actividades se extienden a varios países y el destino de sus recursos puede ser cualquier país.
• Según el Destino de los Beneficios: Según el destino que la empresa decida otorgar a los beneficios económicos (excedente entre ingresos y gastos) que obtenga, pueden categorizarse en dos grupos:
o Empresas con Ánimo de Lucro: Cuyos excedentes pasan a poder de los propietarios, accionistas, etc...
o Empresas sin Ánimo de Lucro: En este caso los excedentes se vuelcan a la propia empresa para permitir su desarrollo.
• Según la Forma Jurídica: La legislación de cada país regula las formas jurídicas que pueden adoptar las empresas para el desarrollo de su actividad. La elección de su forma jurídica condicionará la actividad, las obligaciones, los derechos y las responsabilidades de la empresa. En ese sentido, las empresas se clasifican en términos generales en:
o Unipersonal: El empresario o propietario, persona con capacidad legal para ejercer el comercio, responde de forma ilimitada con todo su patrimonio ante las personas que pudieran verse afectadas por el accionar de la empresa.
o Sociedad Colectiva: En este tipo de empresas de propiedad de más de una persona, los socios responden también de forma ilimitada con su patrimonio, y existe participación en la dirección o gestión de la empresa.
o Cooperativas: No poseen ánimo de lucro y son constituidas para satisfacer las necesidades o intereses socioeconómicos de los cooperativistas, quienes también son a la vez trabajadores, y en algunos casos también proveedores y clientes de la empresa .
o Comanditarias: Poseen dos tipos de socios: a) los colectivos con la característica de la responsabilidad ilimitada, y los comanditarios cuya responsabilidad se limita a la aportación de capital efectuado.
o Sociedad de Responsabilidad Limitada: Los socios propietarios de éstas empresas tienen la característica de asumir una responsabilidad de carácter limitada, respondiendo solo por capital o patrimonio que aportan a la empresa.
o Sociedad Anónima: Tienen el carácter de la responsabilidad limitada al capital que aportan, pero poseen la alternativa de tener las puertas abiertas a cualquier persona que desee adquirir acciones de la empresa. Por este camino, estas empresas pueden realizar ampliaciones de capital, dentro de las normas que las regulan .
Tipos de Empresa en Economías de Mercado:
Según los expertos en el tema, en las economías de mercado se produce una amplia variedad de organizaciones empresariales que van desde las más pequeñas empresas de propiedad individual hasta las gigantescas sociedades anónimas que dominan la vida económica en las economías capitalistas.
Esta amplia variedad de organizaciones empresariales se divide en términos generales en los siguientes tipos de empresa:
• Empresas de propiedad individual: Por lo general, este tipo de empresa se halla constituida por el profesional, el artesano o el comerciante que opera por su cuenta un despacho, un taller o una tienda; sin embargo, en la actualidad también se debe considerar a los millones de tele trabajadores o emprendedores en Internet que han iniciado y mantienen un negocio en la Red o prestan servicios a través de ella.
La empresa individual tiene un inconveniente, el de no poder extenderse generalmente más allá de cierto límite, porque depende de una sola persona; si esta muere, envejece o enferma, la empresa puede desaparecer aún cuando su continuación pudiera haber sido tan beneficiosa para la comunidad o sus servidores.
• Sociedad colectiva: Dos o más personas cualesquiera pueden unirse y formar una sociedad colectiva. Cada una acuerda aportar parte del trabajo y del capital, quedarse con un porcentaje de los beneficios y compartir, desde luego, las pérdidas o las deudas.
La sociedad colectiva se caracteriza por tener socios que responden solidaria e ilimitadamente por las deudas de la sociedad . Si una persona (un socio) posee un 1 por 100 de ésta y quiebra, entonces deberá pagar el 1 por 100 de la deudas y los demás socios el 99 por 100. Pero si los demás socios no pueden pagar, esta persona podría ser obligada a pagarlo todo, incluso aunque eso significara vender sus apreciadas propiedades para ello.
El peligro de la responsabilidad ilimitada y la dificultad de obtener fondos explican por qué las sociedades colectivas tienden a ser empresas pequeñas y personales, como las agrícolas y el comercio al por menor. Sencillamente, son demasiado arriesgadas en la mayoría de las situaciones.
• Sociedad anónima: Es una entidad jurídica independiente y, de hecho, es una persona jurídica que puede comprar, vender, pedir créditos, producir bienes y servicios y firmar contratos. Disfruta además, de responsabilidad limitada, lo que quiere decir que la inversión y la exposición financiera de cada propietario en ella se limita estrictamente a una cantidad específica .
Este tipo de empresa, se caracteriza por incorporar a muchos socios accionistas quienes aportan dinero para formar un capital social cuyo monto posibilita realizar operaciones que serían imposibles para el organizador en forma individual.
Las características de la sociedad anónima son: A) El capital está representado por acciones. B) Los accionistas o socios que la forman, frente a las obligaciones contraídas tienen una responsabilidad limitada. C) Son estrictamente sociedades de capitales; el número de sus accionistas es ilimitado, y esto le permite reunir y utilizar los capitales de muchas personas. D) Tiene existencia ilimitada, la muerte o la incapacidad de algunos de sus socios no implica la disolución de la sociedad. E) La razón social debe ser adecuada al objeto para el cual se ha constituido; no se designa con el nombre de los socios.
Los expertos indican que en las economías de mercado avanzadas, la actividad económica se encuentra en su mayor parte en las sociedades anómimas privadas.
Para terminar este punto, cabe señalar que las empresas que predominan por su número son las diminutas. Pero las que dominan la economía por sus ventas y activos, por su poder político y económico y por el volumen de su nómina y empleo son los pocos cientos de grandes sociedades anónimas
TENER EN CUENTA:
Tenga claro si su empresa va a estar constituida por:
Persona Natural Comerciante: Es aquella que ejerce dicha actividad de manera habitual y profesional a título personal. Dicha persona asume a título personal todos los derechos y obligaciones de la actividad comercial que ejerce.
Persona Jurídica: Se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
Establecimiento de Comercio: Se entiende por Establecimiento de Comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona natural o jurídica podrá tener varios establecimientos de comercio, estos podrán pertenecer a uno o varios propietarios, y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales.
LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
El empleador está obligado a:
- Respetar al trabajador.
- Darle al trabajador CONDICIONES DIGNAS Y SALUDABLES DE TRABAJO, E INDUMENTARIA ADECUADA.
- Otorgar al trabajador el descanso semanal, las vacaciones, y las licencias según sea el caso.
- Abonar al trabajador, HABERES, SAC (Aguinaldo), VACACIONES, HORAS EXTRAS, LICENCIAS, DECRETOS DEL PODER EJECUTIVO, ASIGNACIONES, LICENCIAS, PRESENTISMO, ANTIGÜEDAD, Y AQUELLOS MONTOS ESTABLECIDOS POR CONVENIO, (VALES, ADICIONALES, ETC.).
- MANTENER LAS CONDICIONES ORIGINALES DEL CONTRATO DE TRABAJO.
- Hacer el pago de los aportes a OBRA SOCIAL, SINDICATO, ANSES, AFIP, ORGANISMOS RECAUDADORES, SURL, MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, ART, COMPAÑÍAS DE SEGURO.
- Pagar todas las indemnizaciones, multas e intereses que se originen en el incumplimiento de sus obligaciones y lesión de los derechos del trabajador y su grupo familiar.
- Pagar todas las indemnizaciones, e intereses por los daños y perjuicios que su actuar le ocasiones al trabajador en el aspecto físico, psíquico, moral, o material.
IMPORTANTE:
- Las partes (empleador y trabajador) están obligadas, activa y pasivamente, no sólo a lo que resulta expresamente de los términos del contrato, sino a todos aquellos comportamientos que sean consecuencia del mismo, resulten de la ley, de los estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo, apreciados con criterio de colaboración y solidaridad.
- Las partes (empleador y trabajador) están obligadas a obrar de buena fe, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen empleador y de un buen trabajador, tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la relación de trabajo. El empleador debe garantizar a los trabajadores condiciones de prevención, salud, seguridad, y bienestar en el trabajo
Instruir y capacitar a los trabajadores respecto a la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales y el uso de los equipos de protección personal
Incorporarse activamente a los comités de seguridad y salud laboral
Publica trimestralmente los registros de accidentes y enfermedades profesionales
Organizar y mantener los servicios médicos.
Entre los principales derechos de todo trabajador citamos:
- Derecho a una información previa, al ingresar al servicio de la empresa,sobre todos aquellos puntos que se refieren al desempeño de su labor.
- Derecho a una capacitación complementaria,. en orden al mejor cumplimiento de su trabajo.
- Derecho a un trato adecuado a su dignidad humana. Esto significa que se le considere y trate como persona humana.
- Derecho a una retribución salarial justa y suficiente para un nivel de vida digno.. para el trabajador y su familia.
- Derecho a asociarse. Esto es, reconocimiento del derecho sindical.
- Derecho a unas condiciones higiénicas adecuadas.
- Derecho a las convenientes medidas de seguridad, de tal forma que se reduzcan los riesgos y peligros.
- Derecho a una comodidad personal mínima en el ejercicio del trabajo; teniendo en cuenta que el trabajador es una persona y que se fatiga y que siente.
- Derecho a una jornada razonable de trabajo y a los descansos y
vacaciones.
- Derecho a la estabilidad en el trabajo, de manera que no esté sometido a que se le despida sin causa justa b por motivos insignificantes.
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